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Registro Sanitario de Establecimientos Alimentarios Menores
FEB 2013

Por Decreto 20/2012, de 27 de enero, del Consell, por el que se crea el Registro Sanitario de Establecimientos Alimentarios Menores (DOCV nº 6.705, de 02/02/2012) apareció la obligación de comunicar y actualizar datos de establecimientos de venta de alimentación directamente al público, regulando la inscripción en el mismo de aquellos establecimientos que por su propia entidad quedan excluidos del Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos, regulado en el Real Decreto 191/2011, de 18 de febrero.

Como ya hace un año desde su creación, se está procediendo a inspeccionar establecimientos por parte de la Conselleria de Sanidad. Se recuerda a todos los establecimientos obligados a su inscripción que la tasa es de 90 euros y el incumplimiento de la obligación de la comunicación con carácter previo al inicio de la actividades contempladas en este decreto será considerada como infracción de carácter leve, de acuerdo con lo previsto en el título IX de la Ley 4/2005, de 17 de junio, de la Generalitat, con remisión a la misma a los efectos del procedimiento sancionador aplicable.

Acceso al procedimiento.

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