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MAR 2018

Proyecto de decreto del Consell por el que se reglamentan los procedimientos administrativos referidos a la fijación de horarios y días con apertura comercial.
De conformidad con el artículo 133.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de la consulta previa a la redacción del texto de la iniciativa, cuando la norma afecte a los derechos e intereses legítimos de las personas, el centro directivo competente publicará el texto en el portal web correspondiente con el objeto de dar audiencia a los ciudadanos afectados y recabar cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras persona o entidades.
 
Asimismo, es de aplicación el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, de aplicación con carácter supletorio hasta que se efectúe regulación en el ámbito de la Generalitat, y que se expresa en los mismos términos.
 
En el mismo sentido, con el fin de continuar la instrucción del expediente y de conformidad con lo previsto en el artículo 52 del Decreto 24/2009, de 13 de enero, del Consell, sobre la forma, la estructura y el procedimiento de elaboración de los proyectos normativos de la Generalitat, el expediente se someterá a información pública, por un plazo de 15 días hábiles, para que las personas interesadas puedan alegar lo que consideren oportuno al proyecto de decreto.
 
El expediente podrá consultarse en días hábiles en las dependencias de la Dirección General de Comercio y Consumo en la ciudad administrativa 9 d’Octubre, calle de la Democràcia, 77, torre 2, en horario de mañana de 09.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes. El texto del proyecto de decreto estará también disponible para su consulta en la página web de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos,Comercio y Trabajo, en el siguiente enlace:
http://www.indi.gva.es/ca/audiencia-publica/procesos-abiertos
 
Las alegaciones o sugerencias irán dirigidas a la Dirección General de Comercio y Consumo, debiendo entregarse por escrito, haciendo constar el nombre, apellidos, DNI/NIF y domicilio, o bien dirección electrónica del interesado, si ese es el medio elegido a efectos de comunicaciones, pudiendo ser presentadas en los lugares indicados en el párrafo anterior o en cualquiera de los previstos en el artículo 16 de la referida Ley 39/2015, de 1 de octubre.
 
València, 14 de marzo de 2018.– El director general de Comercio y Consumo: Natxo Costa Pina.
 
Fuente: DOGV
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